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DGII quita retención del ITBIS a empresas que facturan electrónicamente

· 3 min de lectura
DGII quita retención del ITBIS a empresas que facturan electrónicamente
Imagen ilustrativa generada con inteligencia artificial.

En Santo Domingo, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció el 16 de septiembre de 2026 la entrada en vigor de la Norma General nº 02-2026, que modifica la forma en que se aplican las retenciones del ITBIS entre empresas que utilizan facturación electrónica. La norma establece que, si el receptor de un pago está autorizado por la DGII como emisora electrónica y la operación se sustenta con un Comprobante Fiscal Electrónico (e‑CF), el agente de retención no debe aplicar la retención prevista en la Norma General nº 02‑05.

Contexto y justificación

El mecanismo de retención del ITBIS, introducido en la Norma General nº 02‑05, se implementó como una herramienta para asegurar la recaudación del impuesto cuando la Administración Tributaria no tenía acceso inmediato a las transacciones de los contribuyentes. La adopción de la facturación electrónica, regulada por la Ley nº 32‑23, cambió esta situación al permitir el registro y transmisión de operaciones de manera inmediata.

Según la DGII, la implementación del sistema electrónico ha facilitado el acceso a información actualizada y ha reforzado los procesos de control y fiscalización tributaria. La nueva norma, por consiguiente, busca aprovechar esa información para adaptar el esquema de retención al modelo digital y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Impacto en las empresas

Con la nueva disposición, las empresas autorizadas como emisores electrónicos que facturen mediante e‑CF podrán quedar exentas de las retenciones de la Norma General nº 02‑05. La DGII explicó que esta medida también reducirá los costos y facilitará el cumplimiento de las obligaciones tributarias, especialmente para los contribuyentes que ya utilizan el sistema de facturación electrónica.

No obstante, la norma deja claro que la excepción no elimina todas las retenciones tributarias. Se aplica únicamente a las retenciones contempladas en la Norma General nº 02‑05 y sus modificaciones, mientras que las retenciones establecidas en otras disposiciones fiscales seguirán vigentes.

Consulta pública y aprobación

Antes de su emisión, la Norma General nº 02‑2026 fue sometida a un proceso de consulta pública entre el 18 de junio y el 20 de agosto de 2026. Durante ese período, la DGII recibió 13 comentarios de asociaciones, gremios, contribuyentes y ciudadanos. Los temas planteados incluyeron el alcance de la excepción, los mecanismos para verificar la autorización electrónica de las empresas, la aplicación de la medida y su posible impacto en el flujo de efectivo de los contribuyentes.

La norma, firmada por el director general de la DGII, Pedro Urrutia Sangiovanni, busca modernizar el esquema de retención del ITBIS, aprovechando la información generada por el sistema de facturación electrónica para fortalecer la supervisión de las operaciones comerciales y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Créditos de la fuente: deultimominuto.com

Publicado en: https://orgullodominicano.org/en/dgii-quita-retencion-del-itbis-a-empresas-que-facturan-electronicamente/