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TC anula la renovación cada dos años para mayores de 75 años

· 3 min de lectura
TC anula la renovación cada dos años para mayores de 75 años
Imagen ilustrativa generada con inteligencia artificial.

En una decisión histórica, el Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional el Decreto 330‑26, que exigía a los adultos mayores de 75 años renovar su licencia de conducir cada dos años, reduciendo a la mitad la vigencia del carnet frente a los demás conductores. La sentencia TC/0904/26 sostiene que la medida vulnera el derecho a la igualdad y la protección de los derechos de las personas de la tercera edad.

Fundamento constitucional y legal

El tribunal enfatizó que cualquier diferenciación basada en la edad debe estar respaldada por una ley del Congreso Nacional, no por un decreto del Poder Ejecutivo. La falta de justificación razonable y la ausencia de norma con rango legal llevaron a la anulación. Además, se sostuvo que los mecanismos de seguridad vial y la aptitud de los conductores siguen garantizados por las evaluaciones médicas y técnicas incluidas en la Ley 63‑17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la cual no contempla distinciones por edad.

Impacto en los conductores mayores

Con la decisión, los ciudadanos mayores de 75 años ya no deberán someterse a la renovación bianual ni a los exámenes prácticos adicionales que requería el decreto. El TC reafirma que la seguridad vial se mantiene con las evaluaciones de salud y las pruebas de manejo realizadas cada cuatro años, tal como lo establece la ley vigente. Los conductores de todas las edades ahora comparten el mismo periodo de vigencia y requisitos de renovación.

Reacción de las instituciones

El Instituto Nacional de Tránsito (Intrant) ha anunciado la eliminación de simuladores de conducción y el restablecimiento del examen práctico para la obtención de la nueva licencia, afirmando que el sistema ofrece más seguridad, ahorro y facilidades para los ciudadanos. Aunque la medida no fue parte de la sentencia, se alinea con la visión de un proceso de renovación más eficiente.

Contexto y consecuencias

  • Igualdad de derechos: El fallo subraya la prohibición de estigmatizar a la población mayor y garantiza un tratamiento equitativo.
  • Seguridad vial: La continuidad de las evaluaciones médicas y técnicas asegura que la aptitud de los conductores se mantenga bajo supervisión estatal.
  • Marco normativo: Se refuerza la necesidad de que el Congreso emita leyes claras para establecer criterios diferenciados, evitando la intervención arbitraria del Ejecutivo.

La decisión del TC se percibe como un avance en la protección de los derechos de los adultos mayores y un recordatorio de la importancia de basar las políticas públicas en la normativa legislativa vigente.

Créditos de la fuente: n.com.do

Publicado en: https://orgullodominicano.org/en/tc-anula-la-renovacion-cada-dos-anos-para-mayores-de-75-anos/