tienen el derecho garantizado a recibir asistencia médica

La base legal de la obligación en salud: todos los afiliados del SDSS tienen el derecho garantizado a recibir asistencia médica

En Santo Domingo, la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados en la Seguridad Social (DIDA) ha emitido un comunicado firme donde reafirma que la atención en salud es una obligación legal que no puede ser suspendida por conflictos económicos entre clínicas privadas y sus clientes. Esta declaración, dirigida a la Asociación Nacional de Clinicas Privadas (Andeclip), subraya que todos los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) tienen el derecho garantizado a recibir asistencia médica sin interrupciones, independientemente de las disputas financieras que puedan existir en el sector privado.

La normativa vigente, específicamente las disposiciones legales 156-08, 165-09 y 175-09, establece que la afiliación al SDSS es obligatoria para todos los dominicanos y residentes legales, y que la cobertura de salud incluye prestaciones esenciales como atención médica, hospitalización y medicamentos. La DIDA considera que cualquier intento de retener servicios médicos por motivos de pago es una vulneración directa de estos derechos constitucionales. Por ello, la atención en salud es una obligación legal que debe ser respetada por todas las entidades del sistema, sin importar las circunstancias externas.

Vigilancia activa en clínicas y hospitales

Para garantizar el cumplimiento de esta norma, la DIDA ha anunciado que llevará una vigilancia activa en todos los hospitales y clínicas privadas. Esta medida se enfoca en detectar cualquier práctica que pueda limitar el acceso a la salud de los afiliados. La entidad ha sido clara en que la atención en salud es una obligación legal ineludible, y que cualquier suspensión de servicios será inmediatamente investigada y sancionada si se confirma que se basa en razones económicas y no en la indisponibilidad de recursos médicos.

Además, la DIDA ha reiterado que ningún centro de salud puede retener a un recién nacido por motivos de pago, una práctica prohibida que vulnera los derechos fundamentales de la familia. Este principio se extiende a todos los servicios de salud, donde la atención en salud es una obligación legal que no admite excepciones. La vigilancia se llevará a cabo de forma sistemática, con el objetivo de proteger a los ciudadanos y residentes legales de cualquier restricción en su acceso a la seguridad social.

Importancia de la cobertura universal

El sistema de seguridad social en República Dominicana busca la cobertura universal de la salud para todos los ciudadanos, incluyendo prestaciones en especies como atención prenatal, urgencias y consultas programadas. La DIDA enfatiza que la cobertura del 100% en enfermedades cubiertas es un derecho que no puede ser negado. En este contexto, la atención en salud es una obligación legal que debe ser cumplida por todas las instituciones involucradas, asegurando que ningún afiliado quede sin asistencia médica por razones de disputa financiera.

La DIDA también ha destacado que miles de personas recibieron asistencia legal en 2025, lo que demuestra el compromiso de la entidad con la defensa de los derechos de los afiliados. La misión de la DIDA es orientar, asistir y defender a los dominicanos en temas de seguridad social, asegurando que la atención en salud es una obligación legal y que cualquier intento de suspenderla será enfrentado con firmeza. La dependencia continuará su labor de vigilancia y protección, garantizando que el acceso a la salud sea un derecho accesible para todos.

Conclusión: La DIDA mantiene su postura firme

La DIDA ha confirmado una vez más que la atención en salud es una obligación legal que no puede ser negociada ni suspendida por conflictos económicos. Esta postura refuerza el compromiso del gobierno con la protección de los derechos de los afiliados al SDSS, asegurando que la salud sea un derecho garantizado para todos los ciudadanos y residentes legales de República Dominicana.

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