La auditoría realizada por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) para el período 2015-2019 revela que el edificio que actualmente aloja las oficinas de esa entidad fue comprado en enero de 2017 por RD$650 millones de pesos más caro que lo que establece una tasación del Banco de Reservas realizada un mes antes del arrendamiento con derecho a compra.
Un informe de la Dirección General de Administración y Control de Riesgos del Banco de Reservas reflejó una tasación del 16 de diciembre de 2016 de RD$840,838,000 pesos, tras una investigación de mercado para estudiar el valor del terreno y el presupuesto de la obra.
En el mismo informe se cita otra tasación para determinar el valor por método de reposición de RD$814,495,488.
Sin embargo, el inmueble fue comprado por el mismo Banreservas 33 días después por un monto de US$31 millones de dólares, equivalentes a RD$1,464 millones de pesos, calculado al RD$47.25, la tasa de cambio de ese momento.
Tras la compra por Banreservas, el edificio fue arrendado por el MICM con un contrato hasta el 31 de diciembre de 2036, firmado entre el MICM representado por Juan Temístocles Montás y Banreservas, representado por el exadministrador Simón Lizardo.
“Se puede cuantificar la diferencia en RD$650,154,512, sin que existiera una sustentación para el monto de RD$1,464,750.000 establecido en el contrato entre el banco y Diseño Integral”, establece la auditoría publicada este lunes.
Luego se verificó un informe de tasación de la Dirección General de Administración y Control de Riesgos, con una tasación de RD$1,468,601,033.90, hecha el 15 de mayo de 2017, cuatro meses después de la primera tasación de RD$814,595,488.88 y tres meses después de la suscripción del contrato.
A estos cuestionamientos por parte de la Cámara de Cuentas, los exministros Juan Temístocles Montás y Nelson Toca Simó, mediante comunicación, respondieron que el Banco de Reservas era un acreedor hipotecario del edificio, el cual tenía deuda en atraso pendiente de pago, y por tanto era de sumo interés para el banco definir la suerte del referido inmueble.
Se opusieron además a los argumentos de la Cámara de Cuentas en cuanto a una violación de la Ley 340-06, ya que el Banco de Reservas era una entidad autónoma del Estado y con patrimonio propio, por lo tanto está revestido de las exclusiones de la Ley 340-06.
No obstante, la Cámara de Cuentas cree que el Banco de Reservas fue utilizado para beneficiar a un tercero y concluyó que el arrendamiento financiero del edificio se realizó sin observar la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas y sus modificaciones, y sin los principios de equidad, publicidad y eficiencia que deben regir las compras públicas.
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