Por Raúl Germán Bautista.- Los Alcarrizos y Santo Domingo Oeste destacan como los principales contribuyentes de contaminación y basura al río Haina-Manoguayabo y parte del mar Caribe.
La deficiencia en el servicio de recolección de residuos en estas áreas, sumada a la irresponsabilidad ciudadana que desecha todo tipo de residuos (incluidas aguas residuales) en ríos y arroyos, y la falta de acción por parte del Ministerio de Medio Ambiente, que no ha logrado impedir que empresas contaminen estos cuerpos de agua, agravan la situación.
Los Alcarrizos se une a SDO a través de Manoguayabo, por medio de varios arroyos y ríos.
Estos llevan consigo una cantidad significativa de residuos, siendo la crisis de la recolección de basura más severa en Los Alcarrizos que en SDO.
DAÑOS IRREPARABLES.-
Las condiciones han llegado a un punto en el que bañarse en los arroyos de Manoguayabo, y menos aún en el río Haina, se ha vuelto imposible, salvo algunas excepciones donde la gente aún se arriesga a hacerlo.
El río Haina-Manoguayabo, anteriormente conocido como “la piscina” del Gran Santo Domingo, hoy día solo ofrece aguas contaminadas, habiendo alcanzado su punto crítico de contaminación con un acumulado significativo de basura bajo el puente cercano a Operaciones Especiales.
LEY NO. 176-07 DEL DISTRITO NACIONAL Y LOS MUNICIPIOS.-
La Ley 176-07, especifica en su artículo 19, apartado “Competencias Propias del Ayuntamiento”, mediante los puntos “l” y “m”, que los ayuntamientos deben utilizar el presupuesto recibido para la limpieza de vías y para ofrecer servicios de limpieza pública, así como la recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos.
Esto indica un compromiso por parte de ambas alcaldías de limpiar sus municipios para evitar que los residuos sólidos terminen contaminando el río y, posteriormente, el mar Caribe.
LEY NO. 64-00 QUE CREA LECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.-
La Ley General sobre Medio Ambiente apunta a establecer las directrices para la conservación, protección, mejora y restitución del medio ambiente y recursos naturales, promoviendo su uso sostenible (Art.1).
Esta normativa busca proteger los recursos naturales y reducir su vulnerabilidad, revertir el daño ambiental causado por el uso indebido de estos recursos y lograr un equilibrio óptimo entre las actividades humanas y el medio ambiente, considerando:
a) La diversidad y características de los distintos ecosistemas;
b) El potencial de las regiones basado en sus recursos naturales;
c) La necesidad de un equilibrio entre la actividad humana y el entorno;
d) Los desajustes ecológicos provocados por intervenciones humanas;
e) La incidencia medioambiental de nuevos asentamientos, infraestructuras y actividades relacionadas (Ley General sobre Medio Ambiente, Capítulo II).
La ley estipula claramente la necesidad de que Medio Ambiente actúe con mayor determinación para frenar la contaminación directa en el río Haina-Manoguayabo y el mar Caribe.
Del mismo modo, es crucial que las alcaldías de SDO y Los Alcarrizos colaboren estrechamente para evitar que los residuos sólidos acaben en los arroyos y el río.
creditos de las imagenes de este post: n.com.do