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Decreto 719-26 define normas de la zafra azucarera 2026-2027

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Decreto 719-26 define normas de la zafra azucarera 2026-2027
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El presidente Luis Abinader firmó el lunes el Decreto núm. 719‑26, estableciendo las normas que regirán la zafra azucarera 2026‑2027. El objetivo central es fortalecer la economía nacional, atender la demanda interna y cumplir los compromisos de exportación, con un estricto control estatal. El texto designa que, de la producción total y de los excedentes del año anterior, se destinarán las cantidades necesarias para el consumo nacional, garantizando además la entrega a mercados preferenciales como Estados Unidos y otros destinos.

En caso de requerirse la importación de azúcar, el Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR) debe emitir las licencias pertinentes. El decreto impone controles gubernamentales a través del INAZUCAR, señalando que ningún embarque de azúcar, melaza o subproductos podrá salir del país sin permiso emitido por esa institución. Asimismo, los Certificados de Elegibilidad sobre Cuota (CQE) para el mercado estadounidense se otorgarán únicamente a ingenios y empresas productoras autorizadas, prohibiendo su emisión a terceros no autorizados.

Programas y prioridades de producción

La normativa autoriza a los ingenios a operar bajo programas específicos de molienda y producción de azúcar, priorizando el suministro local y cumpliendo los compromisos internacionales. Las empresas azucareras deberán informar detalladamente sus ventas internacionales, notificando cada transacción dentro de los ocho días posteriores en EE. UU., la Unión Europea u otros mercados. También deben remitir copia fiel del contrato en un plazo de ocho días hábiles tras su recepción y enviar el certificado de cantidad, polarización y materias extrañas en tres días hábiles posteriores a la recepción del informe de desembarque.

Reportes y sanciones

Los ingenios deberán reportar mensualmente cualquier variación en sus estimaciones de producción o cumplimiento de cuotas. Los que no declaren a tiempo déficit podrán ser sancionados con reducciones proporcionales en su cuota de la siguiente zafra.

Impacto en la economía y la comunidad

El decreto busca equilibrar el mercado interno con la demanda extranjera, manteniendo la competitividad de la industria azucarera dominicana. Al garantizar un flujo controlado de exportaciones y proteger el consumo nacional, se pretende evitar la volatilidad de precios y asegurar ingresos estables para los productores. La medida también fortalece la posición de la República Dominicana en los mercados preferenciales, al garantizar cumplimiento de los compromisos y transparencia en las transacciones.

Source credits: n.com.do

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Publicado en: https://orgullodominicano.org/en/decreto-719-26-define-normas-de-la-zafra-azucarera-2026-2027/