PRM ALCALDÍA DE LA VEGA

Comité Ejecutivo Municipal del PRM en La Vega sugiere trío de candidatos para que Abinader seleccione al próximo alcalde

El Comité Ejecutivo Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ha seleccionado una lista de tres candidatos, la cual será enviada a Luis Abinader, presidente de la República, con el propósito de que sea escogido el futuro alcalde de La Vega para ocupar el puesto dejado por Kelvin Cruz tras su renuncia para asumir como ministro de Deportes.

Dicha lista se compone por Danny Holguín, Esteban García y el diputado Agustín Burgos, siendo este último quien se ha reunido el día de hoy con el Ministro Cruz, desvaneciendo así los rumores sobre una disputa entre ambos por la alcaldía vegeña.

La mencionada terna será evaluada por una comisión especial presidida por Eddy Olivares, vicepresidente del PRM; Antoliano Peralta Romero, consultor Jurídico del Poder Ejecutivo y a cargo de asuntos legales del PRM; el secretario general de la Liga Municipal Dominicana, Víctor D” Aza, y contará con la asesoría del ahora exalcalde y ministro de Deportes, Kelvin Cruz.

¡Paz y amor! Kelvin Cruz y Agustín Burgos celebran encuentro disipando rumores de rivalidad por la alcaldía de La Vega

De manera interina, la dirección del ayuntamiento de La Vega está a cargo de Joel Martínez, en calidad de secretario general.

Diversas personalidades han sido consideradas para ocupar la vacante de alcalde, incluyendo a Martínez; Danny Holguín, director operativo del ayuntamiento; la gobernadora Luisa De La Mota; el director del Centro de Operaciones de Emergencias, Juan Manuel Méndez; el exalcalde Fausto Ruiz, el diputado Agustín Burgos y el exdiputado Mario Hidalgo.

La Ley 176-07, del Distrito Nacional y Los Ayuntamientos, otorga la facultad al presidente Luis Abinader para nombrar al nuevo alcalde del Ayuntamiento de La Vega, tras la salida de Kelvin Cruz para convertirse en ministro de Deportes y la renuncia de la vicealcaldesa, Amparo Custodio.

La Ley 176-07 detalla en su Artículo 64 que la ausencia de un síndico se suple con el vicesíndico, quien debe jurar su cargo ante el Concejo Municipal, en una sesión extraordinaria convocada al efecto.

No obstante, el Párrafo I de dicho artículo indica que: “En caso de no haber vicesíndico/a, el presidente/a del Concejo Municipal se dirigirá al Presidente de la República para que este proceda con la designación de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución de la República”.

creditos de las imagenes de este post: n.com.do

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